Títulos comunales y tenencia de la tierra


Votación: 326 votos

Escribe: Patricia Quiñones * | Cultural - 22 Mar 2015


Actualmente existen alrededor de seis mil 69 comunidades campesinas en el país[i]; las cuales abarcan, según el último Censo Agropecuario, alrededor de 23 millones 500 mil hectáreas del territorio nacional[ii] (20% del mismo). Además, sus tierras constituyen gran parte de la superficie agropecuaria del país, y debajo de ellas se encuentran diversos recursos minerales e hidrocarburíferos que son de interés de diversos actores públicos y privados. Estos son solo algunos datos que muestran la importancia que esta institución del mundo rural tienen para el país.

Hace unas semanas, el periodista Ricardo Uceda presentó un informe[iii] centrado en el conflicto entre la empresa minera Yanacocha y Máxima Acuña. Este permitió visualizar el desconocimiento, a veces tan conveniente, de las dinámicas rurales, las características de los sistemas de tenencia de la tierra, las lógicas de apropiación del espacio que entablan las familias comuneras, entre otros, presentes tanto en los medios de comunicación como en las propias empresas mineras.

Este informe generó diversas respuestas y aclaraciones, algunas referidas al caso específico de doña Máxima y su familia, y otras de carácter más amplio. El presente informe seguirá esta segunda línea. Existen, pues, una serie de supuestos y argumentos que parten de este desconocimiento mencionado líneas arriba, y que están presentes en varios conflictos socio ambientales.

Si bien el tema es sumamente complejo, es conveniente aclarar, o mejor dicho, refrescar, algunas de las principales características y problemáticas de las comunidades campesinas en relación a sus sistemas de tenencias y derechos sobre la tierra.

SISTEMAS DE TENENCIA DE LA TIERRA

Al interior de la mayoría de comunidades campesinas se combinan dos tipos de tenencia: La individual o familiar, y la colectiva o comunal. Si bien existe un título de propiedad a nivel de comunidad, esta, en tanto organización autónoma, cede derechos de uso a las familias que la componen. Estas usualmente poseen diversos predios -ya sea dentro de sus comunidades o en otras- debido a mecanismos de herencia, traspasos y acuerdos de diversos tipos entre familias, los cuales tienen legitimidad interna, en tanto son reconocidos por sus autoridades (directivas comunales o incluso jueces de paz). Sin embargo, no tienen el peso de la formalidad legal que tiene un título de propiedad.

Con respecto a los diversos predios que poseen las familias en distintas zonas, estos son parte de una serie de estrategias que permiten a las familias comuneras hacer frente a los factores climatológicos, geográficos y/o ambientales que enfrenta su actividad económica principal: La agropecuaria. Además, esto muestra que las lógicas de apropiación del espacio en el ámbito rural son diversas, y también el dinamismo de las familias comuneras.

Estos usos familiares no niegan la importancia de lo comunal o son el reflejo de una demanda generalizada en las zonas rurales por procesos de titulación individual. De hecho, se ha podido comprobar que, en diversas zonas de interés minero ubicadas en la sierra (Apurímac, Cajamarca, Puno, solo por citar algunos ejemplos), se están dando procesos de “reforzamiento” de las dinámicas comunales, como respuesta a la presencia de actores externos.

Es evidente que la tendencia a negar la importancia de lo comunal ha venido generando tensiones y contribuyendo al desencadenamiento de conflictos socio ambientales. No obstante, también lo ha hecho el negar los derechos reconocidos de acceso a la tierra de las familias comuneras, en la búsqueda de entablar negociaciones con las directivas comunales. Lo que ambos casos evidencian es el desconocimiento de los sistemas de tenencia de la tierra al interior de las comunidades y de la coexistencia de derechos validados por documentos legales y otros, más bien, por las prácticas cotidianas.

TÍTULOS COMUNALES

El título de propiedad comunal es un documento central para las comunidades campesinas, en tanto valida sus derechos sobre la tierra. Esta idea es compartida por las comunidades campesinas y las empresas. No obstante, muchas comunidades todavía no cuentan aún con tan importante documento. Si bien hubo un pico de procesos de titulación comunal durante los años noventa, los avances en los últimos tiempos han sido pocos.

No ha ocurrido lo mismo con los procesos de titulación individual de los predios rurales, a cargo del PETT o de COFOPRI. Incluso se han registrado casos de procesos de titulación individual dentro de las comunidades, los mismos que han generado denuncias acerca de que no se respetaron los procesos establecidos por la ley, vulnerando los derechos territoriales.

Por otro lado, los expedientes que dieron pie a muchos de estos títulos comunales fueron elaborados con información no tan precisa, ya que, debido a limitantes tecnológicas y logísticas, los catastros eran poco precisos. Asimismo, la mayoría de estos no se encuentran geo referenciados. Esta falta de precisión acaba generando superposición de derechos y, por ende, acrecentando tensiones.

También hay que considerar que muchas veces esas zonas “grises”, con respecto a la titularidad, no han sido de uso intensivo antes y no convocaban el interés de las comunidades, pero en el contexto actual de presión por el territorio y los recursos, han cobrado importancia.

Con respecto a los procesos de titulación, se ha podido observar también que, en algunos casos, ante el lento avance del Estado en esta materia, y las débiles capacidades de las comunidades campesinas, debido a temas económicos o de información, las empresas han venido tomando cierto rol promotor o de acompañamiento de las comunidades campesinas en estos procesos, lo que ha acabado generando suspicacias y siendo luego materia de conflicto.

Este tema de la titulación, y de los procesos con ella relacionados, es un problema identificado en varios conflictos socio ambientales, pero no es destacado, como sería necesario, por los medios o las empresas. Se podría decir que actualmente los derechos de las comunidades sobre sus tierras siguen sin estar del todo asegurados y claros; y que sigue estando pendiente una tarea del Estado en relación a ello, así como por hacer que estos se respeten. No se puede hablar de procesos de negociación sin antes asegurar derechos que sitúen a los actores de manera menos asimétrica.

Actualmente, el MINAGRI tiene el rol rector en materia de saneamiento físico legal de la propiedad en zonas rurales y, además, se empezará a implementar una tercera fase del PETT, lo que hace esperar que este tema sea efectivamente abordado.

Los puntos señalados son solo algunos de los que se cree que deben estar claros y que pueden ser de utilidad para problematizar explicaciones sesgadas, relacionadas a ciertos conflictos socio ambientales y a la situación de las comunidades o familias comuneras.

Finalmente, se debe decir que si bien puede haber responsabilidad de quienes investigamos temas rurales o agrarios, en comunicar información sobre los espacios rurales y sus dinámicas, como lo indica Marisa Remy[iv], no se puede negar tampoco que existe una suerte de conveniencia de ciertos actores, al querer invisibilizar o hacer caso omiso a esta información, y responder así a intereses particulares.

(*) Tomado de NoticiasSER

ESPACIO PUBLICITARIOS

Video



Encuesta

¿Está usted de acuerdo con el proyecto de remodelación de la Plaza de Armas de Puno?



Archivo
Telf.: +51-51-350775, +51-51-327436 | Dir.: Jr. Cajamarca Nro. 274 - Puno, Jr. Salaverry 411 Of. 307 Plaza de Armas - Juliaca.
CORPORACION DECANO ALTIPLANICO S.A.C. Diario Los Andes
Diseño y Desarrollo Web: G!