Thursday 28.03.2024 | Actualizado 11:08 (hace 1962 días)
La justicia tarda pero llega. El juez del Primer Juzgado Unipersonal del Distrito Judicial Puno, Víctor Alberto Paredes, emitió ayer su fallo a 4 años de pena privativa de libertad efectiva por el delito de negociación incompatible a dos ex funcionarios del Gobierno Regional en la gestión del ex presidente Hernán Fuentes y al ex decano del Colegio de Ingenieros de Puno, Nicolás Luza Flores.
Junto a Nicolás Luza Flores, la lectura del fallo que se dio ayer al mediodía, también fue en contra de Jaime Luna Llanos y Róger Américo Cutisaca Apaza, ambos ex funcionarios en la gestión de Hernán Fuentes, quienes según disposición del juez deberán pagar 3 mil soles de reparación civil en favor del Estado peruano y no podrán ejercer cargo público por 4 años.
ANTECEDENTES
Como se sabe, el Gobierno Regional de Puno convocó a concurso público N° 09-2009-GR para la supervisión de la obra “Mejoramiento de la carretera José Domingo Choquehuanca-Asillo en su III tramo", para lo cual presupuestó la suma de 1 millón 494 mil 843 soles, debiéndose dar la buena pro para la realización del trabajo.
Ante este hecho, el Gobierno Regional puso como presidente del comité de adjudicación de la buena pro a Néstor Aroapaza Aguilar y como miembros a Jaime Luna Llanos y Róger Américo Cutisaca Apaza, quienes deberían adjudicar la buena pro al consorcio o empresa que tuviera la mejor propuesta.
Viendo la situación, el ex decano del Colegio de Ingenieros de Puno, Nicolás Luza Flores fusionó su empresa con la de Riven Pavel Orihuela Ordóñez, formando el "Consorcio Solys”, para cumplir los requisitos que la ley manda, pues la norma señala que la empresa postora deberá tener una facturación mayor a la adjudicación que postula el consorcio.
Ya creado el consorcio, para ganar la licitación, Nicolás Luza junto a Riven Pavel Orihuela, designan como representante legal del "Consorcio Solys” a Lizbet Soto Torres, hija de la esposa del presidente de adjudicación de la buena pro, Néstor Aroapaza Aguilar para garantizar el otorgamiento de la buena pro, logrando así el “negociado”.
CAMBIO DE FALLO
El fallo de 4 años de pena privativa de libertad efectiva emitido ayer en contra de Nicolás Luza, Jaime Luna y Américo Cutisaca fue convertido a la realización de 208 días de servicio comunitario; es decir, que los sentenciados deberán barrer las calles y limpiar oficinas de entidades públicas 10 horas a la semana, bajo la supervisión del INPE.
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