¿Cuándo cumplir con depositar la CTS del trabajador?

LIMA. Cámara de Comercio precisa condiciones para empresarios



Escribe: Los Andes | Nacional - 04 May 2009

- Plazo para depósito vence el 15 de mayo próximo, según informa el Ministerio del Trabajo. - En el 2009, trabajadores podrán retirar hasta el 100% de sus depósitos de CTS.

Doce situaciones diferentes tendrán que analizar los empresarios del país para determinar si están obligados a depositar la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), cuyo plazo termina el viernes 15 de mayo.

Ello debido a la implementación de la Ley Nº 29352, que establece la libre disponibilidad temporal y posterior intangibilidad de la CTS y que instaura un nuevo cronograma para el retiro de la misma, y además a las disposiciones contenidas en la nueva Ley MYPE.

La Cámara de Comercio de Lima considera que para conocer si el empleador está o no obligado a efectuar el próximo depósito de CTS, se debe tener en cuenta: el tipo de empresa (micro, pequeña, mediana y gran empresa), si los trabajadores son nuevos o antiguos, si la empresa está o no inscrita en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Remype) y si el trabajador cuenta o no con un mes de trabajo al 30 de abril de 2009.

MEDIANA Y GRAN EMPRESA

Las reglas para efectuar el depósito de CTS correspondiente al periodo semestral noviembre 2008 – abril 2009, no han variado, informa la agencia Andina. En este caso, los empleadores tomarán en cuenta la remuneración del trabajador al 30 de abril de 2009, a la que debe agregarse un sexto de la gratificación que percibió el trabajador en diciembre del 2008.

El depósito será equivalente a un dozavo de la suma del sueldo más 1/6 de la gratificación recibida, por cada mes laborado entre noviembre 2008 - abril del 2009.

PEQUEÑA EMPRESA

En el caso de la pequeña empresa (hasta 100 trabajadores e ingresos anuales no superiores a 1,700 UIT), es decir seis millones 35,000 nuevos soles, se van a presentar tres situaciones.

Primero, si la empresa aún no está inscrita en el Remype, todos sus trabajadores inclusive los contratados, a partir del 01 de octubre de 2008, tendrán derecho a CTS conforme a las reglas generales.

Si la pequeña empresa está inscrita en el Remype, los trabajadores contratados hasta antes de su inscripción, igualmente tendrán derecho a CTS, según las normas generales.

Los trabajadores nuevos, contratados luego del registro de la pequeña empresa en el Remype, tendrán derecho al 50 por ciento de la CTS que les corresponde a los trabajadores del régimen general.

PARA MICROEMPRESAS

En el caso de la microempresa (hasta diez trabajadores e ingresos anuales no superiores a 150 UIT), es decir, 532,500 soles, se deben tener en cuenta, primero, si la microempresa no está inscrita en el Remype, todos sus trabajadores tendrán derecho a CTS bajo el régimen general.

Si la microempresa se inscribió en el Remype, los trabajadores contratados antes de su registro, igualmente tienen derecho a CTS bajo el régimen general. Sin embargo, los nuevos trabajadores de la microempresa, contratados con posterioridad a su registro en el Remype no tienen derecho a CTS.

Los trabajadores que al 30 de abril de 2009 tengan menos de un mes de servicios, no tienen derecho al próximo depósito de la CTS; los días que hayan laborado se acumularán al semestre siguiente, que se deposita en noviembre de 2009.


3 comentarios

  • antonio Sunday 10 de May del 2009 a las 12:19

    trabajo desde el 13 de enero de 2009 no se si recibire cts la empresa q trabajo esta inscrita en la microy peequeña empresa q creen ustedes

  • Sally Monday 04 de May del 2009 a las 17:01

    pertenezco a una pequeña empresa, en la cual vengo laborando desde el 2006 en planilla. quiero saber cual es la fecha limite para que mi empleador deposite el CTS ahora en mayo del 2009.

  • Alejandro Monday 04 de May del 2009 a las 11:16

    Es aplicable la Ley No 23952 para las entidades del Gobierno Central, como el caso del Seguro Integral de Salud,(OPD) la que nos rige el D.L 728


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