Nombran a 5 autoridades electorales para elecciones municipales y regionales


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Escribe: HUMBERTO CCOPA | Nacional - 20 May 2014


La Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de Puno, designó a los presidentes de los jurados electorales especiales de Puno, San Román, Huancané, Azángaro y San Antonio de Putina, los que se encargarán de supervisar las elecciones regionales y municipales del 2014.

Estos organismos jurisdiccionales serán la máxima autoridad electoral en la región Puno el próximo 5 de octubre y serán representados por los siguientes jueces superiores: en San Román Reynaldo Luque Mamani (presidente) y Juan Alberto Flores Quispe Auca (suplente).

Mientras, que en Huancané Edwin Jorge sarmiento Apaza (presidente) y Ricardo Pablo Salinas Málaga; en Azángaro Hernán Layme Yépez (presidente) y Pánfilo Monzón Mamani (suplente).

En cambio en Puno, Benny José Álvarez Quiñones (presidente) y Oswaldo Mamani Coaquira (suplente) y en san Antonio de Putina Bartolomé Oscar Coayla Flores (presidente) y Oscar Fredy Ayestas Ardiles.

De acuerdo a las disposiciones de la Sala Plena de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Puno, los magistrados elegidos tendrán la responsabilidad de conducir y fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio, durante el proceso electoral municipal y regional.

En cumplimiento del cronograma establecido por el Jurado Nacional de Elecciones, ayer se llevó a cabo el sorteo para elegir a los segundos miembros de los Jurados Electorales Especiales, siendo los siguientes: Beatriz Pampa Velázquez (Puno), Walter Luis Apaza Quispe (San Román).

Además, de Abelardo Ochochoque Meza (Putina), Luz Gregoria Mayta Cuno (Azángaro), Rosa Gonza Quispe (Huancané), los Jurados Electorales Especiales, se instalarán a nivel nacional el 1 de junio.

Cabe señalar, que el cargo de presidente del Jurado Electoral Especial es irrenunciable y tendrá vigencia temporal, y la designación se encuentra prevista en el artículo 33° de la Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones (LOJNE), modificado por la Ley N° 29688.
3 miembros integran el JEE, presidido por un Juez Superior Titular o Provisional, el ciudadano elegido por sorteo y un representante del Ministerio Público.


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