Friday 29.03.2024 | Actualizado 11:08 (hace 1963 días)
“El exmandatario Alberto Fujimori debe abstenerse de realizar toda clase de actividad política”, dice enfáticamente una de las conclusiones del informe de la Defensoría del Pueblo, en el que se analiza exclusivamente el indulto otorgado al exdictador, la víspera de navidad del año pasado.
El citado informe, intitulado: “Indulto y derecho de gracia otorgados al expresidente Alberto Fujimori: evaluación normativa y jurisprudencial”, se basa en lo expuesto en la Resolución Suprema N° 281-2017-JUS (que otorga el indulto al exmandatario), la cual no cumple con los estándares legales y jurídicos, específicamente en cuanto a la motivación de la decisión de otorgar las gracias presidenciales.
Así lo reveló el titular de la Defensoría del Pueblo, Walter Gutiérrez, añadiendo que continuará solicitando al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjus) el expediente del indulto a Alberto Fujimori.
Asimismo, sostuvo que no es competencia de la Defensoría determinar si el indulto es nulo, anulable, legal o ilegal, sino determinar “si se ajusta o no a los estándares” establecidos.
“En relación al expediente, sí, lo hemos solicitado no una, sino varias veces y vamos a continuar en la exigencia de que nos den este expediente por una razón muy simple, porque la Defensoría no admite que se le recorten, no admite que se escamotee sus competencias, por eso vamos a pedir este expediente”, dijo.
Asimismo, recordó que solicitaron el expediente por primera vez el 27 de diciembre del año pasado, pero antes del 24 de diciembre, fecha en que se otorgó el indulto, la Defensoría emitió un comunicado donde se establecía el marco para el otorgamiento de las gracias presidenciales.
En ese sentido, adelantó que el informe institucional sobre el indulto a Fujimori será enviado a todas las instancias correspondientes, como el Tribunal Constitucional, Poder Judicial, así como al Congreso.
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