Ex-fundenal, cabe prescripción adquisitiva



Escribe: Juan Rojas Vargas | Opinión - 24 ago 2010

Las urbanizaciones: Primer Sector, Segundo Sector, Villa El Salvador III Sector, Nuevo Milenio IV Sector y Miguel Ramos V Sector que se han constituido al interior de la Urbanización Néstor Cáceres Velásquez [ex-Fundación para el Desarrollo de la Educación Nacional (EX-FUNDENAL)], el 27 de septiembre del 2010 está por celebrar el sexto aniversario de sus posicionamientos en los terrenos de la referida ex-institución.
La FUNDENAL ha sido liquidada por no tener bienes afectadas a sus miembros o a alguno de ellos, por no tener patrimonio (no ha tenido patrimonio) destinado para el cumplimiento de sus fines y por no contar con solvencia moral su directorio en cuando estaban dispuestos a vender los terrenos de la FUNDENAL.
La Urbanización “Néstor Cáceres Velásquez, está ubicada al sur de la ciudad de Juliaca, próximo a la capital del distrito de Caracoto.
Allí desde más antes del nacimiento de las referidas urbanizaciones y después de sus existencias, ha sucedido mucho pillaje a las gentes de buena voluntad con intenciones de contar con un lote de terreno por los vivarachos sedientos de plata.
El hurto está vigente en estos días con infinidad de mitomanías deliberadas y existe carencia de patrocinio y asesoría correcta y limpia, por lo que de manera tardía están tramitando la expropiación de la EX-FUNDENAL ante el Gobierno Local Provincial San Román-Juliaca cuando allí de manera correcta cabe la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, acto que de manera legal consiste en adquirir la propiedad de los terrenos de la EX-FUNDENAL por razones de posesión ininterrumpida por los ciudadanos(as) ocupantes de los lotes de terreno desde el 2004, incluso por más antes del año 2004.
De buena fe, se podrá realizarse expropiación de los lotes de terrenos en aquellos terrenos en los que existe propietarios como resultado de las estafas de la FUNDENAL que ha administrado el finado Pedro Cáceres Velásquez (hoy EX-FUNDENAL) y por esas expropiaciones se podrá pagarse por el Gobierno Local Provincial San Román-Juliaca a los que tengan validez como propiedad los lotes que en la actualidad se encuentran ocupados por los que se denominan posesionarios.
Existen lotes de terrenos que no tienen propietarios, por lo que en estas propiedades de terrenos cabe la prescripción adquisitiva.
De ninguna manera cabe el pago por expropiación de los terrenos de la EX-FUNDENAL a favor de Nicanor Coaquira Apaza, quién no cuenta con títulos de propiedad de los terrenos de la EX-FUNDENAL, excepto documentos falsificados como una minuta adulterada.
Como tampoco cabe pago alguno por expropiación de los lotes de terrenos de la EX-FUNDENAL a favor de Alexis Nabor Céspedes Quispe, Félix Villanueva Lanza, Nicolás Canaza Pacori y Moisés Colquehuanca Yujra.
Para lograr la propiedad definitiva de los lotes de los terrenos de la EX-FUNDENAL que están ocupados por los posesionarios(as), los dirigentes de las juntas directivas en coordinación con los socios de las urbanizaciones de la “Ciudad Satélite “Néstor Cáceres Velásquez”=Asociación Urbanización “Néstor Cáceres Velásquez”=”Urbanización Néstor Cáceres Velásquez”, tienen que dotarse de asesores y abogados probos, honrados, honestos y transparentes. Esa misma condición tiene que tener los presidentes y dirigentes de las juntas directivas de los sectores de la Urbanización Néstor Cáceres Velásquez, por el contrario, seguirá el robo alevoso a los socios de los referidos sectores.



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