Estado y dignidad en conflictos


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Escribe: Gustavo Ruiz | Opinión - 09 Jan 2017

En un artículo anterior afirmé que “rara vez se ha reflexionado, al menos desde lo que conocemos del Estado, sobre aquello que podríamos llamar las causas ocultas, lo que no es visible sin acuciar la mirada y que mueve a los ciudadanos a ejercer su derecho a la protesta social”. Quisiera desarrollar un poco más esta afirmación porque estoy seguro que existe un aspecto importante que no se toma en cuenta en su real dimensión y que refuerza la idea del por qué debemos ser tolerantes con los que protestan en conflictos sociales.

Es significativo, y no es por nada que en el primer capítulo de la Constitución Política del Perú haya un espíritu de defensa de la persona humana. No creo que esto sea gratuito. Es claro que existen condiciones que podrían afectar o afectan a la humanidad, al menos a los peruanos, y por eso hay que establecer su defensa. ¿Y qué es lo importante a defender? ¿Quién debe hacerlo? La Constitución es clara y los señala en ese primer artículo: «la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado».

Persona humana y respeto de su dignidad van de la mano. Y como tales, de acuerdo a lo afirmado, deben ser indivisibles. Aunque intuitivamente, y a veces mecánicamente, a nivel de discurso y praxis, existe una especie de consenso acerca de lo que entendemos por persona humana. Pero no estoy seguro en cuanto a lo que significaría el respeto por su dignidad y su necesaria indivisibilidad.

Charles Taylor, en Argumentos filosóficos, señala un dato importante que nos puede dar algunas luces al respecto. Afirma que el reconocimiento está conectado al concepto de identidad. Por lo cual, un falso reconocimiento o su ausencia genera heridas profundas en el desarrollo emocional de las personas. Por ejemplo, pensemos históricamente en cómo han sido tratadas las poblaciones oriundas en nuestro país: despreciadas, oprimidas y arrinconadas por ser los “derrotados” por una cultura supuestamente “superior”, proveniente de Europa. Y esta situación ha sido parte del imaginario colectivo e histórico de nuestra sociedad peruana.

En simultáneo, sobre todo en el siglo XX, vamos consolidando la idea de que lo más importante para nuestra convivencia social y su desarrollo es la democracia. Pero esta exige, citando a Taylor, formas de reconocimiento igualitario como forma esencial para la cultura democrática. ¿Qué nos puede igualar como ciudadanos peruanos? ¿Cómo podemos llamarnos iguales, por ejemplo, en nuestro país de naturaleza multicultural? ¿Cómo tratamos a los “perdedores” anteriormente descritos? Más aún, en estos tiempos de autoconciencia individual que rechaza la homogeneidad cultural, social, política, económica y un extenso etcétera. O la simplista denominación humana hombre y mujer. Una respuesta nos la da el filósofo Charles Taylor: la dignidad de las personas.

Así, este pensador propone que el respeto a la dignidad de las personas permite un sentido universalista e igualitario de la democracia. Posibilita así superar el supuesto valor de las jerarquías humanas, los desafíos de las diferencias raciales, culturales o las imposiciones homogeneizadoras de la globalización, reconociendo que somos diferentes, pero iguales en cuanto a dignidad como cualidad inherente de nuestra humanidad. Por ello, además, esto se convierte en una exigencia ética ciudadana.

Afirmo que se convierte en un asunto de exigencia ética, porque es probable que en muchos conflictos sociales lo que yace en el fondo de las demandas sean cuestiones que tienen que ver con la dignidad humana. Por ejemplo, desde en cómo se relaciona el empleador con sus empleados, pasando por el respeto a las diferencias sociales. Y es el Estado, promovido por los ciudadanos, el que debe comprender mejor estos fenómenos para atender o defender a sus ciudadanos.

Por ello, como lo señala el Tribunal Constitucional, en una sentencia del 20 de abril de 2006: «existe, pues, en la dignidad, un indiscutible rol de principio motor sin el cual el Estado adolecería de legitimidad, y los derechos de un adecuado soporte direccional». Por esto, debemos exigir a las instituciones estatales que la defensa de la persona humana va de la mano con la defensa de su dignidad. Solo así podemos conseguir que hagan un trabajo real y necesario, sin mutilar la naturaleza de la dimensión humana y consolidando de esta manera, ante la ciudadanía, la legitimidad y el quehacer del Estado.


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