Ollanta Humala decidió no conceder indulto a Alberto Fujimori


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Escribe: ANDINA | Política - 07 Jun 2013


El presidente de la República, Ollanta Humala, ha decidido no ejercer sus facultades para conceder el indulto humanitario solicitado por el exmandatario Alberto Fujimori, anunció hoy el ministro de Justicia, Daniel Figallo.

Según explicó en conferencia de prensa, el Jefe del Estado ha adoptado la determinación de recoger las recomendaciones de la Comisión de Gracias Presidenciales, que no aconseja la concesión del indulto, tras evaluar las condiciones de salud y carcelarias de Fujimori Fujimori.

“El Presidente ha tomado la decisión de recoger lo recomendado por la Comisión de Gracias Presidenciales, que no aconseja la concesión del indulto. En consecuencia, el Presidente de la República no ejerce su potestad de indultar al señor Alberto Fujimori Fujimori”, reiteró.

En su exposición, el titular de Justicia presentó las razones jurídicas y constitucionales por las cuales el Mandatario ha optado por aceptar esas recomendaciones.

Resaltó, por ello, la labor efectuada por la Comisión de Gracias Presidenciales y por todas las personas que buscaron la información “cierta y veraz” sobre el estado de salud de Fujimori.

“Este asunto es trascendental, porque es necesario aproximarse a los hechos y a las necesidades jurídicas que se exigen para poder procesar estas solicitudes”, precisó el ministro Figallo.

El titular de Justicia sostuvo que el informe de la comisión contiene numerosas entrevistas, peritajes, entre otros documentos, en torno a esta materia.

Basado en toda esa información, añadió que se ha considerado que Alberto Fujimori Fujimori no padece enfermedad terminal, que era uno de los asuntos que podría haber sido relevante en la toma de la decisión.

“Tampoco tiene una enfermedad grave, incurable y degenerativa que junto con las condiciones carcelarias podrían haber provocado también la evaluación, y no sufre de trastornos mentales graves, insalvables e incurables, que junto con las condiciones carcelarias hubieran provocado la evaluación”, subrayó.

En ese sentido, sostuvo que “no se ajustan la solicitud, los hechos y las condiciones a las del indulto humanitario”.

Además, argumentó que el indulto, es decir, el ejercicio de la potestad presidencial, tiene exigencias constitucionales, que el propio Tribunal Constitucional ha relevado anteriormente.

“Y una de las exigencias más importantes es la de la motivación, porque el indulto lo que hace es intervenir una sentencia judicial de condena. También ha sido importante evaluar que el señor Fujimori fue condenado por delitos de asesinato con alevosía, lesiones graves y secuestro agravado”, anotó.


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