Thursday 28.03.2024 | Actualizado 11:08 (hace 1963 días)
El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro declaró improcedente la tacha presentada contra el candidato de Alianza para el Progreso del Perú (APP), César Acuña, por presuntamente haber consignado datos falsos en su hoja de vida, con respecto a su lugar de domicilio en San Juan de Lurigancho.
Según se explicó, la tacha no procede porque, primero, Acuña no incumplió ninguno de los requisitos para ser candidato a la Presidencia, en la cual no está el tema del domicilio.
Estos son, de acuerdo al artículo 108 de la Ley Orgánica de Elecciones, ser peruano de nacimiento, mayor de 35 años, gozar de derechos políticos, tener nacionalidad peruana, no haber sido inhabilitado, y no tener incompatibilidad manifiesta con algún cargo público.
En segundo lugar, sobre la supuesta falsedad en la hoja de vida, el funcionario señaló que la verificación de este documento está a cargo del propio JEE, y se realiza solo después de haberse aceptado la inscripción de la fórmula presidencial.
En el caso de Acuña, se señaló que lo que se ha aceptado es su solicitud para inscribirse, pero aún no se acepta su inscripción definitiva.
¿Está usted de acuerdo con el proyecto de remodelación de la Plaza de Armas de Puno?