Thursday 25.04.2024 | Actualizado 11:08 (hace 1990 días)
A horas de culminar su gestión, el todavía presidente de la República, Ollanta Humala, promulgó la ley de creación del distrito de San Miguel en la provincia de San Román, Ley Nro 30492, materializando así aquello que tanto buscaron los pobladores de esta parte de la región y, singularmente, el dirigente Cristín Mamani Mamani.
Además de apuntarse lo ya conocido (los límites del distrito, su extensión, etc.), en el boletín de Normas Legales del diario El Peruano, se añaden las disposiciones complementarias transitorias, que en su primer punto hace hincapié en la administración transitoria de recursos y servicios públicos.
Allí se puede leer que, en tanto se elijan e instalen las nuevas autoridades por elección popular en el nuevo distrito de San Miguel, “la administración de los recursos y la prestación de los servicios públicos son atendidas por la Municipalidad Provincial de San Román, correspondiéndole además el manejo de los recursos reasignados a la nueva circunscripción”.
Asimismo, en el segundo punto, sobre la junta de delegados vecinales comunales, expone: “La Municipalidad Provincial de San Román constituirá una junta de delegados vecinales comunales de carácter transitorio cuyo alcance comprenda al distrito de San Miguel, hasta que se elijan e instalen las nuevas autoridades en dicha jurisdicción”.
Inmediatamente después, se agrega: “(La junta de delegados vecinales comunales de carácter transitorio) estará encargada de realizar las funciones comprendidas en los numerales 1, 4 y 6 del artículo 107 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. El ejercicio de dichas funciones no implica en ningún caso la administración y manejo de recursos”.
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