Wednesday 24.04.2024 | Actualizado 11:08 (hace 1989 días)
POR FAVORECER A CONSORCIO EN LICITACIÓN DE BIENES
Pese a observaciones de consorcios, favorecieron a uno y también omitieron cobrar penalidades por entrega tardía de bienes
El Tercer Juzgado Unipersonal de San Román sentenció a los exfuncionarios del fallecido David Mamani Paricahua, Adrián Dione Yerba Apaza y Róger Américo Cutisaca Apaza, a cuatro años de pena privativa de la libertad con carácter suspendida, por el delito de negociación incompatible.
Esta medida obliga a los sentenciados a no ausentarse del lugar de su residencia sin autorización del juez, comparecer personal y obligatoriamente al juzgado para informar y justificar sus actividades cada 30 días, además de reparar los daños y no cometer otro delito.
Asimismo, al pago en forma solidaria a favor del Estado de catorce mil setecientos cincuenta y tres soles, la inhabilitación para ocupar un cargo público por el mismo tiempo de la condena y el pago de costas procesales.
Según el proceso, ambos sentenciados conformaron el Comité Especial Permanente para la contratación de bienes y servicios, que el 03 de junio del 2011 realizaron el contrato 019 – 2011, con favorecimiento a favor del consorcio formado por Juan Guido Salca Quispe y Rodil Quispe, obviando al consorcio Víctor Gamero.
De igual modo, los imputados, luego de la entrega de la carta fianza en fecha 22 de junio 2011, que refería el plazo de un día para la entrega de los bienes a la municipalidad valorizados en 157 mil 537 soles, omitieron las sanciones del caso, pues el consorcio recién realizó la entrega el 25 de julio, 31 días después.
Este retraso ameritaba el pago de penalidades de parte del consorcio, pero el Comité Especial, previa presentación de facturas, canceló el total de la suma contratada, haciendo ver notoriamente el interés de los sentenciados.
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