Friday 29.03.2024 | Actualizado 11:08 (hace 1963 días)
Juliaca. Según Oficio Múltiple N° 102-2018-GRP/DREP/DUGEL-SR/AGP-FCC-TOE, de la Ugel San Román, se insta a los directores de las instituciones educativas públicas y privadas, a cumplir la resolución N°03 de la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima.
Esto en lo referente al enfoque de igualdad de género, que implementa el Currículo Nacional de Educación Básica, cuyo texto: “Si bien que aquello que consideramos femenino o masculino se basa en una diferencia biológica sexual, estas son nociones que vamos construyendo día a día”, no debe ser materia de referencia.
Refiere también que esta disposición se aplicará hasta que el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia sea resuelto por la Corte Suprema de la República. El texto está contenido en el 2° párrafo sección 4 – Enfoque Igualdad de Género del acápite II- enfoques transversales para el desarrollo del perfil de egreso del Currículo Nacional de Educación Básica.
En ese sentido, invoca comunicar al personal docente a fin de implementar lo dispuesto por el órgano jurisdiccional, enviando a la vez un informe a la dirección de la UGEL San Román.
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