La polémica sobre la píldora del día siguiente


Votación: 389 votos

Escribe: Los Andes | Sociedad - 28 Aug 2016

debate.com
debate.com

2001 es el año en que comienza la historia de la píldora del día siguiente en el Perú. Aunque en principio fue comercializada, en 2002 –debido a su costo “elevado” para el sector menos pudiente– un grupo de Organismos No Gubernamentales (ONG) interpusieron la primera demanda ante el Tribunal Constitucional para que la píldora se distribuya de forma gratuita en el país, a fin de contener los embarazos no deseados.

Así comenzó un camino lleno de polémicas, de protestas y de expresiones desafortunadas por parte de los detractores de la píldora (el principal, el cardenal Juan Luis Cipriani). Todo ello, vale enfatizarlo, a costa de familias que, por una u otra razón, no querían aumentar su número, pero no tenían los ingresos suficientes para adquirir el Anticonceptivo Oral de Emergencia (AOE) –o píldora del día siguiente–.

LA HISTORIA

En 2006, las ONG logran su cometido, tras interponer una demanda ante el Tribunal Constitucional (TC): la píldora, pues, se comienza a distribuir gratuitamente a nivel nacional. No obstante, dos años después, la ONG "Ala Sin Componenda" presenta una acción ante el TC para que se aclare si la píldora tiene efectos abortivos.

En consecuencia, una nueva polémica entra en discusión. Así, un año después, el TC prohíbe que se reparta la píldora de manera gratuita en los centros de salud del Estado; sin embargo, no prohíbe la comercialización de dicho fármaco y deja abierta la posibilidad de llegar a un consenso futuro.

En 2014, Violeta Cristina Gómez retoma el asunto y presenta una acción de amparo para que el sector Salud redistribuya la píldora, ya que la sentencia del 2009 dejaba abierta la posibilidad de llegar a un consenso futuro sobre la inocuidad de la píldora. Dos años después, ella y la ONG Promsex solicitan la medida cautelar para acelerar la sentencia final del proceso, que estaba a cargo del juez David Suarez Burgos.

Las partes demandantes argumentaron discriminación hacia el sector más pobre que no cuenta con los medios económicos suficientes para obtener el fármaco y que además viven en zonas declaradas en emergencia por el zika. Estas mujeres estarían vulnerables a llevar un embarazo peligroso y podrían traer al mundo niños con cuadros de microcefalia.

Además de ello, el magistrado a cargo del proceso tomó en cuenta lo resuelto en 2014 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre el caso Artavia vs. Costa Rica, donde se estableció que la vida iniciaba cuando el óvulo fecundado anidaba en el útero y no cuando el óvulo era fecundado por el espermatozoide, como se estableció en el Tribunal Constitucional del Perú en 2009.

En consecuencia, se ordenó al Estado entregar la píldora en centros públicos de salud en un plazo de 30 días. Gómez y la referida ONG, de esta forma, le “ganaron” el juicio que le entablaron al Ministerio de Salud (MINSA).

¿PÍLDORA ABORTIVA?

El reconocido doctor Elmer Huerta, una vez conoció el fallo, dio sus opiniones al respecto –los medios le consultaron– y aclaró que, en esencia, la píldora no representa ni es un mecanismo abortivo, pero que debe ser utilizada en casos de extrema emergencia.

“Para que haya embarazo se necesita que el óvulo fecundado por el espermatozoide se implante en el útero. El aborto sucede cuando ese huevo implantado es sacado de raíz. Si no ha ocurrido esa implantación, no podemos hablar de aborto”, dijo.

Y agregó: “Según una recopilación de 193 estudios, publicado en julio de este año en la revista médica de la universidad de Princeton, la píldora del día siguiente funciona mediante la inhibición de la ovulación, no tiene nada que ver con la implantación del óvulo”.

Huerta explicó que esta pastilla combina hormonas existentes en píldoras anticonceptivas tradicionales, además de otros medicamentos antiprostágenos nuevos, sustancias que no inducen al aborto. “No debe ser tomada más de 2 a 3 veces al año. Si la mujer no tiene la libertad de usar pastillas anticonceptivas normales o implantarse un dispositivo uterino, es ahí donde abusa de la pastilla del día siguiente”, señaló.

En este sentido, explicó que puede generarse una confusión con la pastilla Micepristone RU486: “La píldora francesa RU486 sí es abortiva. Si la mujer está embarazada, va a actuar sobre el útero y va a remover el huevo fecundado. Este efecto no lo tiene la píldora del día siguiente”

PPK LA RESPALDA

Al respecto, el presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski (PPK), ironizó con consultar –entre sonoras carcajadas– al cardenal Juan Luis Cipriani sobre este fallo, dando a entender con ello que está de acuerdo con la medida que ordena distribuir la píldora del día siguiente.

El jefe de Estado, que estaba acompañado de la ministra de Salud, Patricia García, dijo entre risas que esta “va a consultar al cardenal” sobre la aplicación de la sentencia, que le da al Gobierno 30 días para empezar a distribuir gratuitamente el fármaco a nivel nacional. “Le quedan 29 (días)”, dijo. La ministra, en tanto, y en tono más serio, comentó: “Somos respetuosos de las instancias y tendremos que acatar lo que diga el juez”.

Asimismo, al culminar su presentación en la Comisión de Salud del Congreso, el miércoles pasado, la ministra dio detalles de las acciones que realiza su sector para acatar la orden dada por un tribunal judicial.

Explicó que el MINSA viene preparando la inclusión en las guías de orientación nacional el uso de la anticoncepción oral de emergencia, añadiendo que se prepara el plan de entrenamiento de los profesionales que se encargarán de la consejería para un uso adecuado de las píldoras de anticoncepción oral de emergencia (AOE), o píldora del día siguiente.

“El uso de la anticoncepción de emergencia, que se utiliza en casos de emergencia, por violación o cuando se rompe el cordón, requiere de consejería apropiada y los profesionales tienen que estar preparados para ello”, afirmó.

De igual modo, agregó que se ha iniciado el proceso para las compras de la anticoncepción de emergencia. García evitó dar detalles de la cantidad de AOE a comprar ni de los montos económicos que implicará la adquisición.

“Es una píldora antiovulatoria. Básicamente lo que hace es impedir que el ovario libere el óvulo; si no hay óvulo, no hay concepción y si no hay concepción, no hay aborto. Eso es una cuestión que debe quedar clara”, puntualizó.

LO QUE SIGUE

La medida cautelar, que ordena la distribución gratuita del fármaco, permanecerá efectiva durante el transcurso del juicio. La decisión judicial asegura que existe una certeza en la legalidad de la demanda de Cristina Gómez; sin embargo, habrá que esperar la sentencia final del proceso.

Lo que sigue ahora, entonces, es simplemente distribuirla. Algo en lo que, a juicio del exministro de Salud, Óscar Ugarte, el MINSA tendría que invertir, en promedio, alrededor de 270 mil soles. “Es un grave error decir que la implementación de esta política pública beneficiará al sector privado, cuando ocurre todo lo contrario”, detalló.

En ese marco, contó que entre el 2005 y el 2009 –cuando se aplicó la política de distribución gratuita de la píldora oral de emergencia en los hospitales públicos– el MINSA recibió como donación 150 mil blíster que traen dos tabletas del Fondo de Población de Naciones Unidas (UNFPA) y también compró 50 mil blíster.

“Es decir, durante ese periodo de utilizó 200 mil blíster de la píldora oral de emergencia”, apuntó. Respecto al costo, el exministro refirió que se adquirió el medicamento a 1,26 soles el blíster, lo que en el mercado comercial equivale a 25 soles.

“Entonces el gasto total del MINSA, entre el 2005 y el 2009, fue de aproximadamente 70 mil soles, pero si valorizamos las donaciones, es más o menos 200 mil soles. En concreto, el total invertido en dicho periodo entre donación y gasto fue de aproximadamente 270 mil”, apuntó.

Así las cosas, afirmó que el sector privado ha vendido ante la ausencia de una política de salud pública desde el 2009 (cuando el Tribunal Constitucional prohibió su distribución gratuita) a la fecha, más o menos, 3 millones de tabletas, lo que equivale a 75 millones de soles.

LA IGLESIA

Tras todo el barullo en torno a la distribución de la píldora del día siguiente, la Conferencia Episcopal Peruana se pronunció, rechazando el fallo del Primer Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima. En el comunicado que emitieron puede leerse:

“Rechazamos la medida cautelar emitida por el Juez del Primer Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima, pues basta el sentido común para ver con claridad que el supuesto bien que se quiere lograr con el uso de la píldora, no es mayor que la vida del concebido. Precisamente por la naturaleza del proceso, eso es lo que tiene que establecer el Juez en su sentencia definitiva”.

En ese sentido, reafirmó el valor de la vida humana y denunció que esta viene siendo manipulada por una ideología, “que pretende redefinir conceptos tan importantes como el inicio de la vida, la concepción y el embarazo, no con criterios científicos, sino sencillamente para lograr objetivos en favor de unos presuntos ‘derechos sexuales y reproductivos’, entre los cuales se incluyen el aborto y la muerte del concebido”.

A ello, agregó: “Lamentamos que la ciencia sea puesta de lado para que el derecho de unos implique la muerte de otros (...) Llama la atención que la definición utilizada sobre la concepción para defender el efecto no abortivo de la píldora del día siguiente, tome como referencia el significado de la Organización Mundial de la Salud (OMS)”.

“Para este ente –continuó–, el concepto de concepción es equivalente al de anidación, pero la Constitución Peruana, y de acuerdo con lo señalado por el Tribunal Constitucional, considera el inicio de la vida desde la fertilización, que iguala con el término concepción”.

Tras ello, hicieron un llamado a la Defensoría del Pueblo para que defienda al concebido, el cual, al no tener voz, “necesita ser protegido, según las leyes peruanas, como sujeto de derechos frente a diversos intereses”.

Sea como fuere, la distribución de la píldora del día siguiente ya está en marcha, con lo que miles o quizá millones de familias peruanas podrán controlar mejor los embarazos no deseados.


ESPACIO PUBLICITARIOS

Video



Encuesta

¿Está usted de acuerdo con el proyecto de remodelación de la Plaza de Armas de Puno?



Archivo
Telf.: +51-51-350775, +51-51-327436 | Dir.: Jr. Cajamarca Nro. 274 - Puno, Jr. Salaverry 411 Of. 307 Plaza de Armas - Juliaca.
CORPORACION DECANO ALTIPLANICO S.A.C. Diario Los Andes
Diseño y Desarrollo Web: G!