“Consejeros borrachos“ podrían ser destituidos

ESPECIALISTA OPINA QUE SE VULNERÓ EL CÓDIGO DE ÉTICA DE FUNCIÓN PÚBLICA



Escribe: JULIAN LOPEZ | Política - 26 Jun 2017

Los consejeros regionales son empleados públicos electos y ejercen función pública y no pueden utilizar los bienes de Estado para armar “juergas”.


Los consejeros que utilizaron el salón de Consejo Regional de Puno para libar licor, cometieron el presunto delito de peculado de uso, y conforme al Código Penal, serían sancionados con una pena no menor de dos ni mayor de cuatro años, toda vez que usaron los bienes del Estado.

Para el especialista en Sistema Anticorrupción, David Gustavo Pacheco-Villar Barra, las instalaciones del Gobierno Regional son bienes públicos que no han sido destinados para armar una ‘juerga a punta de vino barato’.

En ese contexto, señaló que la trasgresión de este deber se considera infracción al Código de Ética y genera una sanción que oscila entre la amonestación, suspensión, multa de hasta 12 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a 48 mil 600 soles, o incluso la destitución.

Según el especialista, la función pública es una actividad temporal o permanente remunerada u honoraria, realizada por una persona al servicio de las entidades de la Administración Pública, en cualquiera de sus niveles jerárquicos, como señala el artículo 2 de la Ley del Código de Ética de la Función Pública N. 27815.

“Los consejeros regionales son empleados públicos electos y ejercen función pública, pues junto al gobernador y vicegobernador regionales, son parte del órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, como lo establece el artículo 13 de la Ley N. 27867, Ley de Gobiernos Regionales”, refirió.

En ese sentido, dijo que los consejeros tienen el deber de usar adecuadamente los bienes del Estado, como lo determina el artículo 7, numeral 5, de la citada Ley, que significa que no deben emplear los bienes para propósitos que no sean aquellos para los cuales hubieran sido destinados.

”Corresponde al Consejo Regional determinar la gravedad de la infracción al deber de uso adecuado de los bienes públicos e imponer la sanción que corresponda. No olvidemos que la ética pública es el desempeño de los empleados públicos basado en la observancia de valores, principios y deberes que garantizan el profesionalismo y la eficacia en el ejercicio de la función pública", finalizó.


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