Por: César Machaca Escobar
Tras once sesiones de audiencias maratónicas, el pasado 28 de enero, una vez más se dictó el mandato de prisión preventiva contra Keiko Sofía Fujimori Higuchi, por los cargos de lavado de activos. Ella anteriormente ya estuvo privada de su libertad, desde octubre del 2018 hasta diciembre del 2019, pero fue excarcelada por el Tribunal Constitucional mediante la garantía constitucional del habeas corpus. Ahora está recluida por los cargos de organización criminal y obstrucción a la justicia, por un periodo de 18 meses y dos días, a pedido del fiscal José Domingo Pérez; no obstante, el juez Víctor Zúñiga Urday solo dictó 15 meses de prisión preventiva, es decir, hasta abril del 2021, y con ello no podrá ser candidata presidencial.
Los delitos por los que se la imputa han sido suficientemente valorados los graves y fundados elementos de convicción, entre ellos peligro procesal; ya que en su libertad existe el riesgo que influya y haga cambiar la versión de los aportantes, al mismo tiempo, hubo vínculo entre Keiko Fujimori y César Hinostroza, al revelarse que la secretaria de Fujimori Carmela Paucara Paxi, mantuvo conversación con el exjuez supremo cuestionado. Además, la obstrucción a la justicia se materializó al haber coaccionado testigos para la declaración ante la fiscalía mediante el Estudio Oré Guardia. Al igual, que la carencia de arraigo laboral; por dejar de percibir los aportes de los congresistas, una vez disuelto el congreso, ni mucho menos cuenta con una residencia fija. En cuanto, a su patrimonio; aparentemente solo es propietaria de una camioneta. El cual hace inferir su afinidad a una organización criminal que opera en actividades ilícitas, por ser un indicio de simulación hasta incluso con participación de testaferros para hacer creer que no tiene propiedades. El riesgo de fuga, su ausencia en las audiencias esto pretendió justificar por qué seria víctima de provocaciones o de maltratos por el representante del Ministerio Público, y que lo calificó de tener una conducta de obsesión personal en su contra.
Sin embargo, recurrió a dos mecanismos, primero, la lideresa de la fuerza número uno sugestiona con una aparente persecución política, desprestigiando por medios de comunicación capitalinos y por la redes sociales a José Domingo Pérez e incluso aduce que es un exceso la prisión preventiva; tal vez serían empáticos sus seguidores acérrimos que votaron más por este partido, pero de ninguna manera creerá la ciudadanía este escándalo. La segunda estrategia fue la nulidad de prisión preventiva; pese a ser peticionada fuera de plazo después de tres días emitida la resolución. Mientras, están a la espera de la audiencia y que no prosperará, por los hechos fácticos relevantes atribuidos contra la investigada por el fiscal con los argumentos solventes en las audiencias, al existir indicios de lavados de activos con las declaraciones de Jorge Barata mediante la CONFIEP, Jorge Yoshiyama, quien dijo que Keiko sabía del dinero ilícito y que eran aporte de Odebrecht, y quien le entregó fue Dionisio Romero.
En fin, el Ministerio Público, a través de José Domingo Pérez, está actuando en su plena función y ejercicio de titular de la acción penal, donde demuestra la participación de Keiko, con las declaraciones de los testigos y el origen del dinero ilícito cristaliza su culpabilidad por cada uno de los delitos imputados, al ser denegada la comparecencia y las reglas de conducta por el juez, ya que es objetiva la imputación por existir suficientes graves elementos de convicción.
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