Pueden denunciar a transportistas por agresiones
Las empresas de transporte público están obligadas a otorgar boleto por el pasaje que cobran a la población. Así lo establece la Municipalidad Provincial de Arequipa (MPA) en su Ordenanza Municipal (OM) Nº 797-2013 (Régimen extraordinario transitorio del servicio de transporte urbano, interurbano, interurbano rural y colectivos de rutas fijas).
Esto se trae a recuerdo luego que varias de las unidades decidieran cobrar dos soles por pasajero, a pesar que el alcalde provincial, Omar Candia Aguilar indicara que la tarifa debe ser de un sol, en vista de que se ha habilitó al 100% los asientos de los buses que hacen servicio en la ciudad.
BOLETAJE
De acuerdo al artículo 11.º de la mencionada ordenanza, todas las empresas están obligadas a entregar boleto en calidad de comprobante de pago por el servicio prestado.
“En dicho boleto de manera obligatoria se tendrá que consignar el precio del pasaje y el nombre de la empresa, así como una frase alusiva al orden, respeto y/o las buenas costumbres”, señala la disposición edil.
No entregar el boleto, es una infracción grave. Se impone la sanción R-104 que establece una multa del 10% de la UIT al gerente general de la empresa (430 soles) y con el 5% de la UIT (215 soles) de multa al conductor y cobrador de la unidad en la cual no se entregó el boleto.
Además, el gerente general será suspendido por 20 días ante la MPA.
AGRESIÓN
Pero también la OM 797, en su artículo 14.º establece que los pasajeros que hayan sido agredidos física o verbalmente pueden hacer su queja ante la Gerencia de Transporte Urbano y Circulación Vial.
Si el maltrato contra los pasajeros es por parte del conductor o cobrador (R-108) corresponde una multa del 50% de la UIT (2150 soles) a la empresa y 20% de la UIT (860 soles) tanto al conductor como al cobrador.
Además, el vehículo donde se produjo la agresión quedará internado y suspendido de realizar el servicio de transporte por 30 días.
QUEJAS
En los últimos días, se han registrado quejas y agresiones contra los pasajeros en diferentes rutas, esto debido a que algunas empresas se resisten a cobrar un sol el pasaje. Los pasajeros están en la libertad de acudir a un policía de tránsito para que intervenga la unidad y proceda a la respectiva sanción que establece el Reglamento de Tránsito y la OM 797.
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