Conoce que medidas regirán en la provincia de Puno
El Gobierno oficializó las nuevas disposiciones en el marco del estado de emergencia nacional frente a la pandemia de la covid-19, que estarán vigentes entre el 29 de marzo y 11 de abril, según el riesgo de contagio de coronavirus: extremo, muy alto y alto.
Entre las medidas, publicadas a través del Decreto Supremo 058-2021-PCM en el diario El Peruano, figura que en todos los departamentos la inmovilización social obligatoria nocturna se prolongará hasta las 4 de la mañana, a las 10:00 p.m. (para el nivel de alerta alto) o a las 9:00 p.m. (en los niveles de alerta muy alto y extremo).
Asimismo, se dispone que los días domingos no se podrá usar vehículos particulares en las localidades con niveles de alerta alto, muy alto y extremo. Se autoriza, además, el uso de playas, ríos, lagos o lagunas en los departamentos con niveles moderado y alto, respetando las normas sanitarias vigentes, y se prohíbe el mismo en las de alerta muy alto y extremo.
La norma también añade las medidas anunciadas semanas atrás por el Ejecutivo respecto a la Semana Santa donde se acatará una cuarentena general en todo el país.
NIVEL EXTREMO
Para este nivel, los domingos habrá inmovilización social obligatoria estricta y el toque de queda será de 21:00 a 4:00 horas. El número de provincias comprendidas en este nivel de alerta se redujo de 27 a 19, según precisó el Ejecutivo en conferencia de prensa, el último miércoles.
Asimismo, está prohibida la circulación de vehículos particulares los domingos, con excepción de aquellos que cuenten con el respectivo pase vehicular emitido por la autoridad competente.
En cuanto al aforo, está prohibido el ingreso de público a casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas que se realizan en espacios cerrados, al igual que las actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre.
En tanto, los bancos y otras entidades financieras tienen un aforo de 40%, al igual que los supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas, farmacias, peluquerías y spa, barberías, masajes faciales, manicura, maquillaje y afines previa cita.
El acceso a museos, sitios y monumentos arqueológicos, centros culturales, galerías, bibliotecas, áreas protegidas, jardines botánicos y zoológicos es del 30% como máximo, al igual que los restaurantes y afines en zonas internas (con ventilación) y al aire libre.
También están permitidas las artes escénicas (música, circo, danza y teatro) en espacios abiertos hasta 20% de aforo, al igual que en los centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados.
Finalmente, el transporte interprovincial terrestre funcionará pero con un aforo del 50 al 100% según la regulación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. El ingreso a las playas y templos y lugares de culto sigue suspendido para la población.
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