Por José Manuel Colque
Arequipa. La ampliación de la reprogramación y congelamiento de deudas es una realidad. De acuerdo con la Ley 31245, la vigencia del programa de garantías covid será hasta el 31 de diciembre.
Sin embargo, no todo sería color de rosa. Para el economista Carlos Revilla, esto solo sería un maquillaje en el congelamiento de deudas, ya que anteriormente los bancos continuaron cobrando.
“No es que te condonan, eso no fue lo que pasó. El banco, siguió cobrando interés, incluso te mandaban hasta Infocorp. Algunas personas denunciaron que les seguían cobrando”, aseveró.
En términos económicos, esta medida sería un prorrateo.
SIN BENEFICIO
Por su parte, el economista Glenn Arce, señaló que esta medida no beneficiaría a todos los sectores, debido a las restricciones que se mantienen vigentes por la pandemia. Por este motivo, recomendó a los beneficiarios realizar un análisis stress para verificar la capacidad de soporte de sus negocios.
“Si se amplió es porque la situación económica es delicada, ya que muchas empresas quebraron. En realidad, depende del mercado. Por ejemplo, el Turismo no se recuperará hasta que acabe la pandemia y no se sabe cuánto tiempo demore.”, señaló.
El estatuto autoriza créditos de consumo personal, vehiculares y mypes (6 meses) e hipotecarios para vivienda (9 meses). Las reprogramaciones no pueden sobrepasar los 36 meses de acuerdo con la Ley 31050.
Los beneficiarios deben registrar un problema potencial o estar calificados de riesgo normal hasta el 29 de febrero del año pasado.
Por su parte, las mypes no deben tener deudas exigibles en cobranza coactiva superior a una UIT ante la Sunat, hasta la misma fecha.
El requisito para acceder al beneficio es indicar mediante una declaración jurada ante la Empresa de Sistema Financiero (ESF) no haber accedido a otros beneficios bajo ley.
EXCEPCIONES
Las personas naturales, jurídicas y las mypes que tengan una deuda inmediata por reparación civil a favor del Estado peruano en casos de corrupción y delitos conexos no serán parte de esta ley de reprogramación y congelamiento de deudas, así como los inhabilitados por el Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones públicas.
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