Arequipa. Los problemas alrededor de la Asociación Mutualista de Pequeños Agricultores de Cayma, Anexos de Arequipa, las Pampas del Cural y Anexos (Ampaca) y de los terrenos en los cuales están asentados sus socios, son de nunca acabar.
El procurador público de los Asuntos Judiciales de la Gerencia de Agricultura del Gobierno Regional de Arequipa, Víctor Raúl Linares, elevó apelación contra una sentencia emitida por la jueza Shelah Galagarza Pérez, que disponía la cancelación de la inscripción de la Resolución Ministerial 177-2013-AG. Esta resolución del Ministerio de Agricultura dispone la reversión efectuada por el Estado a favor de Ampaca de 2 mil 228.28 hectáreas inscritas por esta última en Registros Públicos.
HISTORIA
El 22 de octubre de 1955 se promulgó la Ley n.º 12398, a través de la cual el Estado adjudicaba 5 mil 352 hectáreas de tierras eriazas a Ampaca, para que sean irrigadas. El presidente Manuel A. Odría adjudicó estas tierras a fin de que Ampaca las ponga bajo riego, pero nunca se cristalizó dicha irrigación.
El gobierno de Fernando Belaúnde Terry, el 29 de setiembre de 1974, publicó la Ley n.º 15151 que declaró de necesidad pública la terminación de las obras de la irrigación de Cayma y anexos y amplió el plazo para trabajar estas 5 mil 352 hectáreas por 8 años; es decir, hasta 1982. Caso contrario, se revertirían al Estado, conforme al Decreto Supremo n.º 16 del 4 de junio de 1958.
Ampaca solicitó la ampliación del plazo y como la Ley n.º 12398 no contaba con un plano perimétrico, sus dirigentes lo hicieron. Con estos documentos inscribieron el área citada en Registros Públicos con la ficha 168653.
En 1990, en parte del área adjudicada por el Estado a Ampaca, la Asociación Nueva Esperanza 2 presentó ante el Ministerio de Agricultura (Minagri) un proyecto de irrigación de 585 hectáreas. En 2008, la Gerencia Regional de Agricultura (GRA) emite la resolución n.º 830, que dispone la formalización del contrato de compraventa de estas las tierras solicitadas por Nueva Esperanza 2.
APELACIÓN
Al enterarse de esto, Ampaca interpone un recurso de apelación contra la resolución 830-2008, pero el Minagri, mediante resolución n.º 178-2011, declara infundado dicho recurso y dispone que el GRA verifique si Ampaca cumplió con ejecutar las obras de irrigación conforme a la Ley n.º 12398.
Al constatarse que no había irrigación en el lugar, el Minagri emite la resolución n.º 177-2013, con la que dispone la reversión efectuada por el Estado a favor de Ampaca de 2 mil 228,28 hectáreas inscritas por esta última en Registros Públicos.
Ampaca amplió su demanda contenciosa contra la resolución n.º 177-2013 y la jueza Shelah Galagarza Pérez emite la sentencia n.º 164-2019-1JEC/CSJAR sosteniendo que se agotó la vía administrativa con la emisión de la R.M. 177-2013-AG y disponer la cancelación del asiento registral derivado de la anotación de la Resolución Ministerial 177-2013-AG en la Partida 04006673 de la Zona Registral XII Sede Arequipa.
Linares sostiene que ningún juez tiene potestad de declarar agotada una vía administrativa, solo el Estado. Afirma que la R.M. 177-2013-AG es ininpugnable porque está ratificada por otra resolución (297) y sobre ella no pesa ninguna medida cautelar ni querella, “por lo tanto, la 177 que dispone que reviertan parte de los terrenos de Ampaca al Estado, sigue firme”, subraya.
SOSPECHOSO
Ampaca consiguió una medida cautelar sobre la R.M. 177-2013-AG para que no se inscriba en los Registros Públicos. Para Víctor Raúl Linares, resulta sospechoso que esta medida se haya dado el 16 de febrero de 2021 y al día siguiente le hayan notificado a Ampaca. “Yo me enteré de casualidad, nunca me notificaron. Si con esa celeridad trabajarían todos los jueces, sería maravilloso”, subraya.
El procurador ha presentado una apelación contra dicha medida cautelar, y refiere que lo ha pedido en varias oportunidades. A través de un escrito dirigido al Primer Juzgado Civil de Arequipa, afirma que esto solo favorece a María Gonzales Fernández “quien sigue traficando con los terrenos del Estado”, explica en dicho documento.
Señala que al estar vulnerándose su derecho a la tutela jurisdiccional efectiva solicita elevar su apelación, “si no, nos veremos obligados a denunciar penalmente por omisión de funciones, sin perjuicio de continuar con la denuncia penal interpuesta por el delito de prevaricato contra la jueza (Shelah Galagarza Pérez) que lleva el caso”, se lee en su escrito.
DENUNCIA
El abogado y presidente de la asociación Nueva Esperanza 2, Wilfredo Calderón Cadillo, considera inconcebible que estando caducada la concesión y con medida cautelar, la dirigencia de Ampaca siga vendiendo terrenos. “Por esto también están denunciados”, remarca.
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