Puno. El Gobierno Regional de Puno (GRP), mediante resolución ejecutiva regional N° 330-2021-GR-GR PUNO, del 8 de septiembre de 2021, da a conocer que el 30 de junio pasado convocó al procedimiento de selección Adjudicación Simplificada N° 27-2021- OEC/GR PUNO-2.
Esto, para la contratación de servicio de alquiler de camión volquete, según términos de referencia, para la obra: “Mejoramiento de la Carretera Dv. Desaguadero (EMP PE 36 A) Kelluyo – Pisacoma; tramo II Kelluyo Pisacoma 27+479 Km, Multidistrital (Chucuito)”.
De acuerdo al cronograma, el 20 de julio debía realizarse la absolución de consultas y observaciones, con su respectiva integración de bases; sin embargo, el 23 de julio se realizó tal actividad.
Sin embargo, la fecha de postergación no fue actualizada en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE). Como resultado, se tiene fechas alteradas del proceso de selección y la fecha de integración de bases coincide con la fecha de postergación de actualización de la fecha de presentación de ofertas. Por tanto, los postores no pudieron realizar la presentación de sus ofertas.
En consecuencia, el GRP declara la nulidad de oficio del procedimiento de selección Adjudicación Simplificada N° 27-2021-OEC/GR PUNO-2, contratación de servicio de alquiler de camión volquete, retrotrayendo el procedimiento hasta la etapa de absolución de consultas y/u observaciones e integración de Bases.
Otra nulidad
La resolución ejecutiva regional N° 341-2021-GR-GR PUNO, de fecha 15 de septiembre de 2021, anuncia (respecto al procedimiento de selección Adjudicación Simplificada N° 68-2021-OEG/GR PUNO-1) la contratación de servicio de alquiler de camión volquete para la obra: “Mejoramiento de los Servicios de Transitabilidad Vehicular y Peatonal de la Vía de Acceso al distrito de Coata (Puno)”.
En este caso se denota la incapacidad del área usuaria (infraestructura), debido a que no habría formulado de forma objetiva y precisa las especificaciones técnicas, términos de referencia o expediente técnico, según el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF.
De la misma forma, el GRP resuelve declarar la nulidad de oficio del procedimiento de selección Adjudicación Simplificada N° 68-2021-OEC/GR PUNO-1, retrotrayéndose todo hasta la etapa de convocatoria.
Más nulidades
Lo mismo pasa con la resolución ejecutiva regional N° 346-2021-GR-GR PUNO de fecha 17 de septiembre de 2021, de la Adjudicación Simplificada N° 29-2021- OEC/GR PUNO-2, por la contratación de servicio de alquiler de rodillo liso para la obra: “Mejoramiento de la Carretera Dv. Desaguadero (EMP PE 36A) Kelluyo – Pisacoma: Tramo II Kelluyo Pisacoma 27+479 Km, Multidistrital – Chucuito – Puno”, convocada el pasado 15 de junio.
La empresa postora habría intentado sorprender al GRP, ya que el Órgano Encargado de las Contrataciones se encontraba en la obligación de verificar la documentación presentada por el postor, Consorcio Las Lomas, entre ellos, la declaración jurada y/o documentación que acredite el cumplimiento de los términos de referencia.
Se sabe que una de las maquinarias ofrecidas en su oferta, con número de motor E7A21687, no cumplía con las características requeridas.
Por lo tanto, el GRP resuelve declarar nula la buena pro y procedimiento de selección Adjudicación Simplificada N° 29-2021- OEC/GR PUNO-2, retrotrayendo todo el procedimiento hasta la etapa de evaluación y calificación de ofertas.
Comentario sobre post