El Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria dictó 36 meses de prisión preventiva contra el ex presidente, solicitado por el Ministerio Público, para Pedro Pablo Kuczynski en marco de la investigación por el presunto delito de lavado de activos.
El juez Jorge Luis Chávez Tamariz argumentó que existen elementos de convicción graves para vincular a PPK con el delito de lavado de activos como miembro de una organización criminal, pues “los fondos ilícitos llegaron de los pagos por asesorías que realizó Odebrecht a Westfield Capital, empresa de PPK”.
“Kuczynski en su condición de ministro de Economía del ex mandatario Alejandro Toledo emitió un decreto que favoreció a Odebrecht en la adjudicación de las obras IRSA Sur Tramo 2 y 3, y Transvase Olmos”, explicó en la audiencia.
También se argumentó que existe peligro de fuga y obstaculización de la justicia para Kuczynski porque “brindó información falsa sobre la dirección de la contadora de Westfield Capital y porque su cónyuge está en el extranjero”.
Recordemos que PPK permanece internado en el clínica Angloamericana de San Isidro por problemas cardiovasculares desde la noche del pasado martes.
Por su parte, su abogado César Nakazaki explicó que apelarán en los próximos días pues asegura que se incurrieron en errores.
“Vamos a apelar en tres días. Esperamos revertir el error en el que incurrió el juez. Ahora toca apelar. El juez entiende que le pueden exigir cualquier cosa a un investigado”, explicó el letrado.
En el caso de su secretaria personal, Gloria Kisic; y su chofer, José Luis Bernaola, se desestimó el pedido de prisión preventiva solicitado por el Ministerio Público, pero se dictó comparecencia restringida.
Asimismo, se le impuso reglas de conducta como la caución de 20,000 soles que deberá pagar en un plazo de 10 días de emitida la presente resolución y la prohibición de ausentarse del lugar de residencia sin orden judicial.
Además, estableció el control biométrico cada 30 días ante la secretaría del Juzgado de Investigación Preparatoria, así como prohibición de comunicarse con sus coprocesados; y comparecer ante los llamados que realice la autoridad fiscal y judicial.
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