Docentes que ascendieron al cargo de directores serán beneficiados con la transferencia presupuestal que destinó el Ministerio de Educación (Minedu).
A nivel de la región Arequipa, 2 mil directores recibirán el pago de la diferencia de sus jornadas de trabajo. Montos que van desde los S/ 600 hasta los S/ 1,200.
Mediante Decreto Supremo N° 171-2019-EF publicado en el diario oficial El Peruano, el Gobierno autorizó la transferencia de partidas presupuestales del Ministerio de Educación hacia los gobiernos regionales.
Para Arequipa, el Minedu destinó S/ 1 millón 602 mil 390, presupuesto con el que se espera cubrir la labor correspondiente al periodo de 11 meses, entre febrero y diciembre del presente año.
Los beneficiados son directores, subdirectores y especialistas que desempeñan sus funciones en instituciones educativas públicas.
El secretario regional del Sutep, Adolfo Quispe Arias, informó que durante los siguientes días el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) transferirá el dinero a las unidades de gestión y Gerencia Regional de Educación, para que los directores y docentes puedan cobrar el bono a fin de mes.
PUESTOS ENCARGO
El beneficio se otorga a los docentes nombrados que desempeñan un puesto por encargo en una plaza orgánica vacante, o por reemplazo de un titular mientras dure la ausencia de este. Perciben una asignación que representa el 60 % qaue se le asigna a un profesor titular. Sumado a ello, reciben el pago de la asignación por jornada de trabajo adicional (la diferencia de su jornada de 30 horas con las 40 que labora).
Es decir, el dinero servirá para financiar las asignaciones temporales y demás derechos, beneficios y conceptos remunerativos correspondientes a los profesores en el marco de la Ley de Reforma Magisterial.
Quispe Arias, aseguró que este pago también cubre la diferencia de jornada de los profesores que accedieron a los cargos de las Áreas de Gestión Pedagógica, de Gestión Institucional y de Formación Docente, establecidos en la Ley Nº 29944.
Se debe precisar que este beneficio es excepcional y no tiene carácter remunerativo ni pensionable.
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