El Gobierno colocó a 32 provincias del país en el nivel de riesgo extremo por el avance del coronavirus, entre las cuales figuran Arequipa, Caylloma, Camaná e Islay.
Ante esta situación ordenó que en dichas zonas se vuelva al aislamiento social obligatorio por 14 días.
La jefa del Gabinete Ministerial, Violeta Bermúdez, indicó que las restricciones adoptadas a nivel provincial rigen desde el lunes 15 hasta el 28 de febrero.
Explicó que la decisión se basa en evidencia científica y con los indicadores epidemiológicos, respecto al impacto del covid-19 en el país.
Las medidas están referidas a la inmovilización social las 24 horas del día, sin embargo, los ciudadanos pueden abastecerse de alimentos, pedir delívery y disponer de una hora para salir a caminar. Se requerirá pase laboral para sacar vehículos.
EL BONO
Al estar consideradas estas cuatro provincias de Arequipa en el nivel extremo, les correspondería el bono de 600 soles, para aminorar el desespero económico (Decreto de Urgencia N° 010-2021).
La primera ministra informó que se pagará desde el miércoles 17 de febrero los primeros bonos a nivel nacional.
Serán priorizadas para recibir la subvención, las familias en condición de pobreza y pobreza extrema, los beneficiarios del programa ‘Juntos’ y los hogares con algún integrante favorecido por ‘Pensión 65’ o ‘Contigo’.
También se considerará a los que no figuren en el Aplicativo Informático para el Registro de Planillas del Sector Público o en la planilla privada, exceptuándose a los pensionistas, y a hogares que no tengan un integrante con sueldo mayor a S/ 3 000.
Bermúdez sostuvo que los posibles beneficiarios pueden efectuar sus consultas desde el lunes 15 de febrero. Agregó que se ha diseñado un cronograma que evitará las aglomeraciones.
LO PERMITIDO
La cuarentena permite las siguientes actividades:
- Servicios de adquisición, producción y abastecimiento de alimentos.
- Adquisición y abastecimiento de productos farmacéuticos y de primera necesidad.
- Actividades de agricultura, pecuario, caza y silvicultura.
- Actividades de construcción, insumos y servicios conexos.
- Evacuación de aguas residuales, tratamiento de agua potable, residuales y evacuación, captación, tratamiento y distribución de agua.
- Actividades de prevención de riesgos de desastres.
- Mantenimiento de espacios públicos y áreas verdes, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios y de reciclaje.
- Actividades para la organización de procesos electorales.
- Servicios de carpintería, gasfitería, electricidad, mantenimiento de artefactos y reparación de equipos.
- Lavandería, ferreterías, servicios de limpieza.
- Actividades de soporte de TI y reparación de equipos de cómputo, servicios notariales, actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados.
- Servicios y establecimientos de salud, incluye odontología, rehabilitación, reproducción asistida, diagnóstico, oftalmología, veterinarias.
- Entidades financieras, seguros y pensiones.
- Transporte de pasajeros por vía férrea, marítima y fluvial, transporte de personas en la modalidad de taxi. Transporte de carga, mercancías, encomiendas y mudanzas.
- Tiendas en general, centros comerciales, galerías, conglomerados y tiendas por departamentos.
- Restaurantes y afines. Hoteles categorizados, hospedaje y transporte turísticos.
- Todas las actividades de minería, hidrocarburos y energía.
- Manufactura primaria y no primaria.
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