El Congreso de la República promulgó por insistencia la ley Nº 31990 que modifica el proceso especial de colaboración eficaz, cambios que, debilitarían esta herramienta para la lucha contra la corrupción. Esta modificación al Código Procesal se realizó aparentemente para fortalecer el proceso.
El artículo 473, señala que, recibida la solicitud, el fiscal podrá disponer el inicio del procedimiento por colaboración eficaz, ordenando las diligencias de corroboración que considere pertinentes para determinar la eficacia de la información proporcionada.
En estos casos podrá requerir la intervención de la Policía Nacional del Perú para que, bajo su conducción, realice las diligencias de corroboración y eleve un informe policial.
Se establece que el fiscal podrá celebrar reuniones con el aspirante en presencia de su abogado defensor.
Asimismo, celebrará un Convenio Preparatorio, que precisará —sobre la base de la calidad de la información ofrecida y la naturaleza de los cargos o hechos delictuosos objeto de imputación o no contradicción— los beneficios, las obligaciones y el mecanismo de aporte de información y de su corroboración.
CUESTIONAMIENTOS
El plazo, desde la solicitud hasta la celebración del Acuerdo de Beneficios y Colaboración Eficaz o su denegación, será máximo de ocho meses.
Por causas justificadas, el fiscal podrá prorrogar dicho plazo hasta por cuatro meses; en caso de crimen organizado, la prórroga será hasta por ocho meses.
Cumplido el plazo, el fiscal procederá conforme a lo previsto en el artículo 477 del Código Procesal Penal.
Este aspecto de los plazos es el más cuestionado, puesto que si se trata de un caso complejo como organización criminal, el plazo debería extenderse por más de tres años.
AFECTA CASOS
La segunda disposición complementaria final de la Ley 31990 establece que a los procesos de colaboración eficaz en trámite deberán acoplarse a dicha norma.
El plazo de 8 meses empezará a computarse al día siguiente de que empiece a regir la disposición legal.
Es decir, si la norma fue publicada el jueves 21 de marzo en el diario oficial El Peruano, el nuevo plazo entrará en vigencia a partir de hoy. Corre el riesgo de que procesos no puedan concretarse en el nuevo plazo establecido.
La procuradora ad hoc del caso Lava Jato, Silvana Carrión, el año pasado dijo que un total de 54 procesos de colaboración eficaz se verían perjudicados con la nueva norma. Esto únicamente en los procesos relacionados a las coimas de Odebrecht y otras empresas brasileñas.
Hay otros casos como el de la presunta organización criminal que lideraría el expresidente Pedro Castillo, el caso ‘Los Intocables de la Corrupción’ vinculado al expresidente Martín Vizcarra o de ‘Los Cuellos Blancos del Puerto’ que implica a jueces y otros. (Con información de Agencia Andina e Infobae Perú).
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